Términos y condiciones de garantía conforme a la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, sobre Protección al Consumidor de la República de Panamá.
Esta garantía se rige por los Artículos 43, 45 y 47 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, que establecen la garantía en servicios de reparación y mantenimiento de vehículos automotores, así como por el Decreto Ejecutivo No. 46 de 23 de junio de 2009 que reglamenta dicha ley. En cumplimiento del Artículo 36, numeral 2 de la misma ley, informamos al consumidor sobre las garantías de los servicios y las condiciones de estas.
"Se considera garantía en la prestación de servicios de reparación, la condición de eficiencia en la ejecución o la realización de los servicios contratados."
— Artículo 43, Ley 45 de 2007
TALLER AUTOPRO (RUC 8-849-1708 DV 32), operando bajo el nombre comercial AutoPro RH, garantiza todos los trabajos de reparación y mantenimiento ejecutados en nuestro taller, comprometiéndose a que los servicios serán realizados con eficiencia, profesionalismo y conforme a los estándares técnicos del sector automotriz.
Nuestra garantía cubre la totalidad de los servicios ejecutados, incluyendo:
Todo el trabajo de instalación, reparación y ajuste realizado por nuestros técnicos.
Repuestos originales o equivalentes de calidad instalados durante el servicio.
Reparación del problema específico reportado por el cliente y diagnosticado por nuestro taller.
Ajustes posteriores necesarios derivados del servicio realizado.
Los plazos de garantía se establecen según la naturaleza del servicio prestado, conforme al Artículo 45 de la Ley 45 de 2007:
| Tipo de Servicio | Garantía | Condiciones |
|---|---|---|
| Mecánica general (frenos, suspensión, motor) | 90 días | O 5,000 km recorridos, lo que ocurra primero |
| Cambio de aceite y filtros | 30 días | O 1,000 km recorridos, lo que ocurra primero |
| Afinamiento y diagnóstico electrónico | 90 días | O 5,000 km recorridos, lo que ocurra primero |
| Sistema de frenos (discos, pastillas) | 60 días | O 3,000 km recorridos, lo que ocurra primero |
| Suspensión y dirección | 90 días | O 5,000 km recorridos, lo que ocurra primero |
| Servicio eléctrico (batería, alternador, starter) | 60 días | O 3,000 km recorridos, lo que ocurra primero |
| Aire acondicionado automotriz | 90 días | Desde la fecha de entrega del vehículo |
| Chapistería y pintura | 180 días | 6 meses por defectos de aplicación y materiales |
Nota: El plazo de garantía se computa desde el día de entrega del vehículo al cliente, con la factura o comprobante de pago debidamente suscrita.
Durante el período de garantía vigente, AutoPro RH se compromete a:
Cuando la ineficiencia recaiga sobre los servicios de reparación ejecutados, procederemos a prestar nuevamente el servicio contratado en forma satisfactoria y sin costo adicional para el consumidor, conforme al Artículo 43 de la Ley 45 de 2007.
Alternativamente a la reparación, y a elección del consumidor, podremos devolver todas las sumas que el cliente hubiera pagado por la prestación de dichos servicios, en un plazo no mayor a 15 días calendario desde la presentación del reclamo debidamente sustentado.
La garantía cubre todos los gastos que se ocasionen para hacer efectiva la misma, incluyendo mano de obra, materiales, y en su caso, el transporte del vehículo al taller cuando la avería lo impida.
La garantía no será aplicable en los siguientes casos, conforme a lo establecido en la legislación aplicable y las prácticas del sector:
Daños causados por uso indebido, negligencia, accidentes, incendios, inundaciones o eventos de fuerza mayor.
Cuando el vehículo sea manipulado, modificado o reparado por talleres o personas distintas a AutoPro RH durante el período de garantía.
Piezas sujetas a desgaste normal por uso, como pastillas de freno, discos, embragues, limpiaparabrisas, bujías (salvo defecto de instalación).
Cuando el cliente suministre sus propias piezas o repuestos, solo se garantiza la mano de obra de instalación, no la calidad ni el funcionamiento de dichas piezas.
Cuando se detecte manipulación del odómetro o sistema de registro de kilometraje del vehículo.
Daños consecuenciales por no realizar el mantenimiento preventivo recomendado por el fabricante del vehículo o por nuestro taller.
Fallos mecánicos que se deriven de la no aceptación por el cliente de reparaciones de anomalías o averías ocultas previamente comunicadas y debidamente documentadas en la orden de trabajo.
Para hacer efectiva su garantía, el cliente deberá seguir el siguiente procedimiento, conforme al Artículo 43 de la Ley 45 de 2007:
Contactarnos dentro del período de garantía vigente (desde la fecha de entrega del vehículo) a través de nuestros canales de atención.
Entregar la factura original o comprobante de pago emitido por AutoPro RH y la orden de trabajo que acredite el servicio realizado.
Describir detalladamente la falla o ineficiencia detectada en el servicio prestado, incluyendo fecha de manifestación y síntomas observados.
Nuestros técnicos realizarán una evaluación diagnóstica gratuita para determinar si la falla está cubierta por la garantía, en un plazo máximo de 3 días hábiles.
Una vez confirmada la falla cubierta, procederemos a la reparación gratuita o devolución del monto, según su elección, en un plazo no mayor a 15 días calendario conforme a ley.
Plazo de respuesta legal: El Artículo 43 de la Ley 45 de 2007 establece que el proveedor de servicios de reparación de vehículos automotores está obligado a responder dentro de un plazo no mayor de 15 días para prestar nuevamente el servicio o devolver las sumas pagadas.
De conformidad con el Artículo 35 de la Ley 45 de 2007, usted como consumidor tiene los siguientes derechos en relación con nuestros servicios:
Recibir información clara y veraz sobre las características del servicio, piezas utilizadas, costos y condiciones de garantía antes de autorizar cualquier reparación.
Recibir factura o comprobante de compra con la identificación de los servicios, piezas utilizadas, precios y fecha de entrega, conforme al Artículo 36 numeral 9.
Conforme al Artículo 36 numeral 3, si las piezas o repuestos utilizados son usados, seremos informados. De no existir advertencia, se presume que son nuevos.
Ser mantenido informado sobre la evolución y estado de la reparación de su vehículo en todo momento, conforme al Artículo 36 numeral 5.
Si considera que sus derechos como consumidor han sido vulnerados, tiene derecho a presentar una queja ante la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), sitio web: www.acodeco.gob.pa.
Para que la garantía sea válida y efectiva, el cliente debe cumplir con las siguientes obligaciones:
Conforme al Artículo 42 de la Ley 45 de 2007, las piezas y repuestos nuevos instalados cuentan con garantía implícita de funcionamiento normal:
| Tipo de pieza | Garantía del fabricante | Notas |
|---|---|---|
| Piezas originales OEM | Según fabricante | Generalmente 12 meses. Cubre defectos de fabricación. |
| Piezas aftermarket de calidad | 90 días | Garantía adicional de AutoPro RH sobre defectos de fabricación. |
| Baterías nuevas | 12 meses | Contra defectos de fabricación. No cubre descarga por negligencia. |
| Piezas suministradas por el cliente | Sin garantía | Solo se garantiza la mano de obra de instalación. |
Información legal: Conforme al Artículo 36 numeral 3 de la Ley 45 de 2007, informamos al consumidor si las partes o repuestos utilizados en las reparaciones son usados. Si no existe advertencia sobre el particular, se presumirá que dichos bienes son nuevos.
En caso de desacuerdo sobre la aplicación de esta garantía, las partes se someterán a los siguientes mecanismos de resolución, conforme a la legislación panameña:
Intentaremos resolver cualquier disputa de manera amistosa a través de nuestro departamento de atención al cliente. Puede contactarnos a través de los canales indicados en la sección de contacto.
Si no llegamos a un acuerdo, el consumidor tiene derecho a presentar una queja ante la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), conforme al Artículo 35 numeral 5 de la Ley 45 de 2007.
Teléfono: +507 510-8600 | Sitio web: www.acodeco.gob.pa
En última instancia, cualquiera de las partes podrá acudir a los tribunales ordinarios de la República de Panamá para resolver la controversia, conforme a las leyes procesales aplicables.
Para cualquier consulta, reclamo o ejercicio de su garantía, puede contactarnos:
+507 6558-0601
Respuesta rápida para garantías
+507 6558-0601
Lunes a Sábado, 8:00 AM - 5:00 PM
tallerautoprorh@gmail.com
Use asunto: "Reclamo de Garantía"
Coclé, Antón, Río Hato, Subiendo la calle del Centro de Salud a 300 metros
Este documento constituye la política oficial de garantía de
TALLER AUTOPRO (RUC 8-849-1708 DV 32) — AutoPro RH
Cumplimiento: Artículos 35, 36, 42, 43, 44, 45 y 47 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007
Decreto Ejecutivo No. 46 de 23 de junio de 2009 · República de Panamá